sábado, 20 de noviembre de 2010

Netiqueta.

      Definitivamente no. Y lo siento. No hace mucho que he empezado a utilizar blogs, foros, wikis y demás formas de interacción. Y de forma asidua solo desde hace un par de meses y sin embargo una y otra vez incumplo y veo incumplirse estas reglas. Reglas que por otro lado son bastantes lógicas. Quizá habría que haber hablado de ellas al principio de la asignatura. No sé si hubiera cambiado algo, pero por lo menos lo hubieramos comentado en el viaje de vuelta cada vez que las incumpliéramos.
     Comentarios que no vienen del todo a cuento en un blog o incluso que comentan de forma colateral un comentario hecho en persona y que no aparece en el blog. (supongo que está pensado para que interactue gente que no tiene porqué verse y debería explicarse el coemntario que dió origen al post)
 
     Comentario no puede ser más largo que el post al que comenta. Menos si es el primero de los que se publican. Esto se ha incumplido reiterada y conscientemente. Esto viene por utilizar los blogs como foros o los foros como blogs.

     Lo de no comentarse a uno mismo reiteradamente me lo aplico directamente, sobre todo en estas últimas tareas sobre copirght, en las que todo está relacionado y me parece estar repitiendome constantemente. Me remito a entradas anteriores, me cito a mí misma,  cito citas de otras personas, me cito a mí misma citando citas de otras personas...  me voy a volver loca.

     Y por último lo de utilizar distintos nicks con fines promocionales representado una conversación (en la que solo participo yo). Esto no ha sido en el máster, claro. Pero puse un blog para la asignatura de CMC en la que tenían que comentar ciertas cosas. Noté que el blog superó las 200 visitas pero nadie comentaba. Y no se me ocurrió otra cosa que suplantar la identidad de alumnos ficcticios para que los verdaderos se animaran. Con comentarios de lo más zafio para que se les quitara el miedo.

La moral del mínimo esfuerzo.


  Con Interent podrás ganar todo el dinero que quieras desde tu casa...
y por supuesto sin esfuerzo.

 


     Este es una foto presentada en un concurso de fotografía sobre "nuevas tecnologías en la vida diaria y la naturaleza"


     Este enlace es un programa para hacer chuletas. Puedes utilizarlo en dos modalidades. Si introduces el texto tú el programa te lo reduce hasta las dimensiones que le pidas, tiene varios modelos para organizar la infomación en varias hojas, tipo acordeón, rollo continuo... Pero así corres el riesgo de que al copiar el texto se te quede algo y además requiere mucho tiempo. La segunda opción es elegir una de las nosecuantasmil que ofrece el programa clasificadas por categorías. 

Chuletas: Programa para hacer chuletas y aprobar fácil

 


     Esta foto no tiene desperdicio. Mata dos pájaros de un tiro. Está sacado de una página que prepara oposiciones. Con su formación on-line te será tan fácil aprobar que aunque seas rubia te intentarán copiar en el exámen.


Y esta estaba publicada en un apágina donde se cuelgan trabajos para presentar en clase. Con sus trabajos no te hace ni falta hacer chuletas.
 

Es una tecnología limpia

 

Soft libre como alternativa al copyright.

     Primero habría que diferenciar entre software libre, de código abierto y gratuito:

     El software libre se opone al software propietario según se tenga acceso o no al código fuente y es independiente de su gratuidad. El software libre se denomina también software de código abierto. Aunque sea común que el software de pago sea también de código cerrado, no todo el software gratuito es abierto o libre.
     Cualquiera que lo desee puede consultar el código fuente, estudiarlo, copiarlo total o parcialmente, difundir copias, modificarlo o difundir copias del código modificado.

     El software gratuito es el que nos permite utilizarlo sin necesidad de pagar con dinero y se opone al software de pago. Es importante entender que el hecho de no pagar dinero por su utilización no implica que no nos cueste nada ya que a menudo las páginas que cuelgan estas aplicaciones nos hacen pagar en forma de espera mientras vemos publicidad, ventanas emergentes que tenemos que cerrar con todo tipo de anuncios, registros en los que se nos pide nuestros datos personales y se nos suscribe a todo tipo de boletines imposibles de eliminar.

      Estrategias mixtas son las de ofrecer una demo gratuita con ciertas opciones capadas, ofrecer una prueba del producto completo por un número limitado de días o de usos. O incluso la cada vez más común de ofrecer el producto completo, gratuito, sin publicidad y con las máximas prestaciones por un tiempo indefinido para posteriormente introducir publicidad, ir eliminando de la versión gratuita distintos elementos o incluso convertirla en una aplicación de pago para todos los usos.

Piratería en Internet

     En ocasiones, las sentencias que leo en la prensa por piratería, a favor de los derechos de autor o en contra de los abusos de las SGAE. Me parecen tanto una como otras aleatorias. Cierto es que hay mucha piratería en España, cierto es que eso hace mucho daño a los autores, ya sean músicos, informáticos, escritores o cualqueir otro creador. Pero ya se ha visto que la ley por si sola no sirve de nada, que las multas aleatorias, lejos de disuadir al personal los enciende. Y de repente nos vemos discutiendo sobre si los autores tienen derecho a tener derechos de autor y otras cosas sin sentido.
     Claro que los autores tienen derecho a exigir sus derechos sobre sus obras, el error ha empezado al llegar a esa discusión.

     Pero con estas discusiones solo nos alejamos del núcleo del problema: ¿Cómo regular la inmensidad?. El planteamiento en sí no es novedoso, siempre ha habido gente intentando idear la forma de poner puertas al campo. Pero la solución no puede ser sacrificar a una de cada cien vacas a ver si las demás asocian.

     Todas estas últimas tareas a cerca del copiright están muy relacionadas entre sí y es difícil no repetirse, asíque me remito una vez más a una entrada posterior: "Regulación de Internet."


"La cultura debe ser compatible con que la gente que vive de ello pueda hacerlo"  Ángeles González Sinde

Música e Internet. Con la música a otra parte.

     No suelen aparecer en la prensa noticias de esta parte marginal de la música. Autores, con todos los derechos que los más comerciales pero que las discográficas han considerado que no son rentables, que no tienen un target claro o que no compensa producirles porque se solapan con otros productos a la venta. No deja de ser eso estar a la venta. A una discográfica la producción y la distribución de las 1,55 copias de un CD que hablan en el artículo, le sale a un precio ínfimo en comparación con lo que le cuesta a un artista autónomo. Sin embargo a la discográfica no le compensa producírselo y sin embargo al artista sí. ¿Quien está matando la música?

     No nos engañemos, este circuito autónomo no es nuevo de la era digital. Muchos grupos ya se editaban sus maquetas y distribuían sus copias durante sus conciertos antes de que existiera Internet. La red lo "único" ha hecho es facilitar y abaratar la distribución y la promoción. Me gusta pensar que ahora la calidad de grabación de estos grupos es más profesional, y que no va a sonar a "música de garaje". Y sin embargo me apena ver que la salida esperada siga siendo que un gran sello invierta en tí. Cuando para que una empresa te produzca primero debes demostrar que sacará dinero de tí, y segundo aceptar que ella sacará más dinero de tu trabajo que tú.

     Para rematar, a la hora de hacer valer los derechos de autor, un autor no tiene nada que hacer si no está respaldado por una gran empresa que invierta en abogados, incluso aunque estos abogados no tengan que ejercer porque su solo nombre ya implica que su trabajo está protegido.
     De nuevo me remito a Brad Templeton y a mí misma en la entrada de "A favor del copyright. Grandes mitos"

A favor del copyright. Grandes mitos


     Brad Templeton llama la atención sobre el hecho de que las leyes del copiright no defienden de facto los derechos de los autores, como pretenden hacer creer. Sino que en la realidad solo defienden las posibles pérdidas económicas por el uso de las producciones. Y solo en la medida que el autor pueda vigilar, demostrar y denunciar su uso fraudulento.

     Esto plantea varios problemas: El primero es que a un autor puede no compensarle económicamente hacer valer sus derechos de copiright, ya que las costas legales pueden ascender más que las pérdidas por el uso fraudulento. Esto ocasiona que solo los grandes productores o editores puedan hacer valer un derecho que es de todos. 
     El segundo de los problemas es que si la obra no tiene valor comercial no hay nada que reclamar, or lo que no queda ota posibilidad que iniciar una denuncia por difamación, atentado contra la privacidad o por cualqueir otro motivo legal. las leyes del copiright no contemplan este caso. P

     En conclusión, las leyes de copiright no están pensadas para los pequeños autores.

Copyright. Qué pasa con los sistemas P2P.

    Creo que en el debate sobre el uso de los protocolos p2p, no debe confundirse con la necesidad de copiright o los derechos del autor (esos son otro tema de discusión). Sino que debe centrarse en si existen usos lícitos de estos protocolos y por tanto prohibirlos repercute y limita el acceso a la información. O si, por el contrario, la posibilidad de uso ilícito (o incluso que el uso más habitual que se hace de ellos sea ilícito) justifica la prohibición de los programas que incorporan protocolos p2p. 
     Los que defienden el uso de protocolos p2p aluden a que los programa que los utilizan tienen multiples usos totalmente legítimos comolos siguientes:
  • Distribución de películas de alquiler a través de BitTorrent
  • Descarga de películas con y documentales con licencias libres
  • Televisiones que ofrecen sus vídeos en P2P para ahorrar costes
  • Artisas que prefieren usar P2P para ofrecer descargas gratis de su música
  • Sellos discográficos que ponen el las redes P2P música de sus artistas para promocionarlos
  • Canales de televisión que ofrecen a través de P2P versioens en alta resolución de sus emisiones
  • Aplicaciones que combinan televisión, Internet y videoblogs como Miro, Joost y Vuze
  • Distribución de software, actualizaciones de programas y sistemas opertativos completos (ej. Ubuntu vía BitTorrent)
  • Compartir archivos entre amigos de forma privada (ej. Pando)
  • Servicios para garantizar el anonimato, la privacidad y la confidencialidad (ej. Tor).
  • Telefonía a través de Internet, sin ir más lejos: Skype
  • Buscadores de Internet distribuidos, como YaCy o FAROO
Información obtenida de la wiki de microsiervos, cuyo lema es "Lo virtual no es un sustituto adecuado de lo real". El artículo que contiene la información del listado puede consultarse  en la dirección:


     Lo ideal para todas las partes sería una regulación del uso de estos protocolos, pero el comprobar que uso se le da a cada programa por cada usuario es tan inabarcable que la legislación es insuficiente. Últimamente, la Administración ha intentado una "regulación" limitando la cantidad de información compartida o descargada. Pero esta medida no regula nada, nadie comprueba qué información se ha intercambiado o con qué fin se ha utilizado. Ni siquiera soluciona las infracciones del copiright, como pretende. Y sin embargo limita un intercambio futuro que tampoco se comprueba si era lícito o no. 

Entrevista a Vinton Cerf. Regulación de Internet.

Regulación de Internet
o
Cómo ponerle puertas al campo.

     Esta práctica supone una reflexión acerca de la privacidad y la regulación de esa privacidad. Acerca del derecho a la información y la regulación del acceso a la información.
     Es muy difícil controlar una tecnología de estas características. Pero si se está dispuesto a ser lo suficientemente drástico sí es posible, se cortan accesos, se limita la información, se prohiben conexiones... Lo difícil es mantener la libre expresión, el derecho a la información y al mismo tiempo mantener un cierto control sobre actividades ilícitas como pornografía, estafas, ataques a la privacidad... 

    Como sugerencia de Joaquín he buscado noticias relacionadas con ciberataques (ataques a la privacidad) y cibercensura (control de la información). Y hay dos que me parecen especialmente gráficas:
       Las negociaciones entre operadores y asociaciones defensoras de la propiedad intelectual para limitar la velocidad de subida a los usuarios que superen un límite de descarga por los protocolos p2p.
       Si se aplica esta medida, ocurriría al igual que con el canon digital, se impondría  la presunción de culpabilidad  consistente en  que todo usuario que utilice programas p2p  está descargando archivos con copyright. La realidad nos demuestra que no siempre es así, por ejemplo, la telefonía por Internet, como Skype o Ekiga utiliza protocolos p2p o que el bittrrent también se utiliza usualmente para descargar distribuciones Linux. Se limita el acceso a la información lícita por la imposibilidad de controlar las actividades ilícitas.

     A esta noticia se ha sumado la de que China pretende instalar en todos los ordenadores un programa que bloquea los sitios pornográficos en Internet. Este software funciona de la siguiente manera: Cuando el computador se conecta a la Red el programa sincroniza su base de datos de sitios prohibidos con la de un servidor que contendrá los sitios bloqueados por decisión gubernamental. Así, de esta forma, no sólo se podrán bloquear sitios de contenido sexual explícito, sino cualquier otra web que no interese a las autoridades Chinas. Se limita el acceso a información ilícita pero se abre la puerta a limitar el derecho a la información.



     Otras noticias que dan una idea de la preocupación de las autoridades por regular la red y de la dificultad de esta tarea son estas:
 

La industria cultural aboga por limitar sólo el ancho de banda para evitar las descargas

Olcese tiende la mano a los operadores para retomar las negociaciones
El País: RAMÓN MUÑOZ - Madrid - 03/06/2009


España, blanco de más de cuarenta ciberataques

España sufrió más de 40 ataques informáticos "graves" en 2009. Instituciones clave fueron el objetivo de 'troyanos' diseñados al efecto. El Centro Nacional de Inteligencia (CNI) es uno de los organismos 'tocados'
El País: JOSEBA ELOLA
24/01/2010  

 

El terrorismo y los ciberataques, prioridades de la Defensa británica

Las Fuerzas Armadas sufrirán un recorte del presupuesto cercano al 10%
El País. WALTER OPPENHEIMER - Londres - 19/10/2010 


 La CE insta a países a tomar acciones preventivas para evitar 'ciberataques'

 La comisaria europea de Sociedad de la Información, Viviane Reding, ha pedido hoy a los estados miembros que lleven a cabo acciones preventivas para que Europa sea "resistente" a los ataques cibernéticos, y aseguren que las redes comunitarias de comunicaciones electrónicas estén "bien protegidas".
ABC: Noticias EFE | 27/04/2009

 

Treinta países europeos realizan primer simulacro conjunto contra ciberataques

 Bruselas, 4 de noviembre, RIA Novosti.

 

Y otras de menos envergadura

domingo, 14 de noviembre de 2010

Derechos humanos en el ciberespacio.

     Aunque sea redundar en mis propios post, yo me quedo con el artículo 23:
Artículo 23.
Everyone is responsible for his or her actions and expressions, and is entitled to the credit or condemnation stemming therefrom. 
Cada uno es responsable de sus actos y expresiones, y tiene derecho al crédito o la condena se derivan de ellos.
     Los derechos en la web deben ser en esencia los mismos, respetar el mismo espíritu con el que se redactarosn los derechos humanos en el mundo físico. Si bien es cierto que habría que hacer incapié en el tránsito de información, ya que es un vehículo que favorece mucho esta cuestión.
     Aunque a estas alturas ya no sorprenda, es destacable la cantidad de artículos relacionados con la privacidad. Y otros tanto con relación al acceso de información y a la creación de información.
     Para hacernos una idea de la magnitud y la importancia que se le da a la información en esta declaración de ciberderechos, voy a separar los artículos por categorías, según atienendan a la necesidad de proteger la privacidad, al derecho de acceso a la información o al derecho de libertad de expresión.

Derecho a la privacidad:
Artículo 3.
Toda persona tiene derecho a la privacidad, el anonimato y la seguridad en las transacciones en línea.
Artículo 4.
La divulgación de información personal no será obligado por los proveedores de servicios ni los sitios, y cuando sea necesario, debe realizarse con el consentimiento informado. 
Artículo 5.
Sin acuerdo previo, nadie debe ser sometido al correo electrónico masivo no olicitado, la obstrucción de archivos adjuntos-servidor, o applets invasoras. Artículo 8.
Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante la ley de violaciónes de los derechos, libertades, o la apropiación indebida o fraudulenta de los fondos de la información.
Artículo 9.
Nadie debe ser sometido a vigilancia arbitraria de uno o de asociación contenido en línea.
Artículo 12.
Todo el mundo, en todas partes tiene el derecho a elegir una tecnología de privacidad para proteger sus comunicaciones y transacciones, y no debe ser objeto de enjuiciamiento por la naturaleza de esa tecnología.
Artículo 17.
Cada persona y la información sobre sus actividades en línea es propiedad privada valiosa, bajo el control de la persona que la genera. Toda persona tiene derecho a determinar el valor de esa propiedad por sí mismos, y elegir a revelar o cambiarlo si lo consideran conveniente.
Derecho a la información:
Artículo 6.
Mientras todo el mundo tiene el mismo derecho a acceder a la información o entrar en las comunidades en la Red, la participación continua en las comunidades debe estar supeditada a las normas de conducta desarrolladas y expresadas en las comunidades.
Artículo 11.
Toda persona tiene derecho a un nivel básico de acceso a la información a través de instituciones públicas y proveedores de servicios.
Artículo 14.
Toda persona tiene derecho a elegir el prestador de servicios que prefieran, y cambiar de proveedor si lo consideran conveniente. Aquellos que no puedan pagar por el servicio tienen derecho a elegir "libre" y servicios "públicos", independientemente de su localidad.
Artículo 15.
Nadie debe ser privado arbitrariamente de su acceso o cuenta de correo electrónico, ni estar sometido a condiciones poco razonables o cambios en el servicio.

Derecho a la libertad de expresión:
Artículo 1.
Las ideas y las expresiones de todos los seres humanos merecen la misma oportunidad de expresarse, considerado, y ha compartido con los demás, a discreción del emisor y el receptor, directa o indirectamente.
Artículo 9.
Nadie debe ser sometido a vigilancia arbitraria de uno o de asociación contenido en línea.
Artículo 13.
Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de expresión; este derecho incluye la libertad de cambiar las creencias y la libertad, ya sea solos o en comunidad en línea, a la creencia manifiesto o la religión en la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia. Nadie debe ser objeto de acoso o persecución por la expresión de sus opiniones.
Artículo 21.
Toda persona tiene derecho a distribuir sus artística, científica o de trabajo en línea, la literatura, con la expectativa razonable de protección para el material con derechos de autor.

Otros derechos, propios o equiparables a los del mundo físico no asociados directametne a la información:
Artículo 2.
Toda persona tiene derecho a todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción de ningún tipo, como la raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otro tipo, origen nacional o social, la economía, el nacimiento o cualquier otra condición.
Artículo 7.
Las leyes existentes, tales como la protección de los menores y los consumidores se aplican al ciberespacio, así como el mundo físico, sin embargo procesamiento puede depender de acuerdos entre jurisdicciones geográficas. Tales acuerdos deben respetar los derechos fundamentales de la persona, independientemente del sistema jurídico en el que viven.
Artículo 10.
Toda persona tiene derecho, en plena igualdad, a uno y abrir juicio justo por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de los derechos y obligaciones y de cualquier acusación penal formulada contra ella.
Artículo 16.
Todo el mundo tiene la libertad de elegir a quién él o ella se asocian con Internet. Nadie debe ser obligado a pertenecer a una comunidad o visitar sitios que no sean de su elección.
Artículo 18.
Toda persona tiene derecho a formar comunidades de interés, afinidad y función.
Artículo 19.
Toda persona tiene derecho a la educación en nuevas tecnologías. Las instituciones públicas deben ofrecer cursos en aplicaciones básicas, así como las comunicaciones en línea para todos. Debería prestarse especial atención a los pobres, los ancianos y los más necesitados.
La educación debe ser dirigida a la potenciación de la persona, para fortalecer la autoestima, fomentar la independencia.
Artículo 20.
Los padres tienen el derecho y la responsabilidad de guiar la experiencia en línea de sus hijos basado en sus propios puntos de vista. Ninguna agencia o institución tiene derecho a suplantar a las opciones de los padres en este sentido.  
Artículo 22.
Toda persona tiene derecho a un orden social en el ciberespacio en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.  
Artículo 23.
Cada uno es responsable de sus actos y expresiones, y tiene derecho al crédito o la condena se derivan de ellos 
Artículo 24.
Nada en esta Declaración podrá interpretarse en dar a entender a cualquier autoridad, Estado o grupo de personas para hacer cumplir o interferir con estos principios.  Ninguna entidad tiene el derecho a realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.

Riesgos para la privacidad

     El video ilustra de forma cómica, un caso potencialmente real. Sin embargo, el peligro de dar nuestros datos ni empieza ni acaba en Internet. El mensaje de los cuentos infantiles de "no te fies de desconocidos" sigue vigente hoy y no ha dejado de estarlo nunca. ¿A cuánta gente no le han vendido a domicilio algo que ni necesitaba, ni quería, ni a veces sabía que estaba comprando? El típico truco de "echeme una firmita para que yo pueda justificar mi visita a mi jefe" o esa de "venimos a hacerle la revisión de la caldera, abonenos 50 euros" o la tambien explotada "somo del censo denos todos sus hábitos de consumo". 

     Hoy en día parece impensable que alguien de sus datos bancarios o la contraseña de su targeta de crédito o las llaves de casa a alguin que llame a tu puerta. ¿Por qué esa confianza en quien te pido lo mismo por Internet? A los niños hay que avisarles de los peligros de dar sus datos, del peligro adicional de dar ciertos datos concretos, de que sospechen cuando alguien les pida detalles como "cuanto ganan tus padres". Y esto sin importar si es al registrarse en una web o al hacer una encuesta en el metro a cambio de un bolígrafo. Hacerles ver lo que valen sus datos, lo que pagan las empresas por tener esos datos  y al precio que los dan ellos.

jueves, 11 de noviembre de 2010

Web 2.0, copyleft y contenidos abiertos. Creative Commons

     Este es un video de Creative Commons que ilustra de modo claro lo que implica la licencia Creative Commons, qué modalidades hay y qué derechos se reserva el autor en cada uno de los casos. 



Joaquín, es muy completo y está en español.
Por si quieres usarlo para el año que viene. 


Por qué las licencias Creative Commons son legales en España

     Por lo que se refiere a los derechos de explotación, nuestra Ley de Propiedad Intelectual es tajante en un sentido. Manifiesta el artículo 17 de la citada norma lo siguiente:
«Corresponde al autor el ejercicio exclusivo de los derechos de explotación de su obra en cualquier forma y, en especial, los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación, que no podrán ser realizadas sin su autorización, salvo en los casos previstos en la presente Ley.»
Al autor, por tanto, le corresponde en exclusiva la decisión sobre los siguientes aspectos:
1. El derecho a decidir sobre la copia (reproducción) de la obra.
2. El derecho a decidir sobre la distribución de la obra.
3. El derecho a decidir sobre la comunicación pública de la obra.
4. El derecho a decidir sobre la realización de una obra transformada.



     Este es un ejemplo de que el Creative commons está vivo.

Música copyleft en hardware copyleft

29 Septiembre, 2010 por ignasi El grupo de heavy metal italiano Nanowar of  Steel ha lanzado su nuevo álbum Into Gay Pride Ride! . Esta banda italiana publica su música y sus vídeos bajo la licencia puramente copyleft de Creative Commons (Reconocimiento-CompartirIgual).







Derecho informático

     Comparación entre los campos de estudio del derecho informático encontrado en Wikipedia y la presentación de Power Point de la asignatura sobre el mismo tema.

     El listado es prácticamente coincidente, obviando algún cambio de término o ligerísimas variaciones en las asociaciones de conceptos. Esto es lógico porque lo "esencial" del tema debería ser muy similar (sino idéntico) con independencia de quien lo trate, es en los detalles donde podríamos encontrar más variaciones. Cualquier persona que estudie el tema en profundidad llegaría a los mismos problemas. Lo diferente podría ser el modo de abordar dichos problemas.  

     He seleccionado los que a mi modo de ver sería una muestra representativa de los problemas informáticos que necesitarían regulación. Por supuesto todos ellos están incluidos en los dos listados.
  • Derecho y Nuevas Tecnologías
  • Censura en Internet.
  • Uso del correo electrónico.
  • Banca y Dinero Digital
  • Comercio Electrónico
  • Publicidad e Internet
  • Delitos Informáticos
  • Protección de datos
  • Privacidad
  • Propiedad intelectual
  • Protección de Datos de Carácter Personal
  • Derecho Laboral e Informática. Teletrabajo.

domingo, 7 de noviembre de 2010

Consejos audiovisuales y autorregulación en publicidad

     Los medios de comunicación, pese al gran poder que poseen hoy en día, siguen sin estar regulados. Según la EPRA, esta labor no debería hacerla ni el Estado ni el propio mercado. Por ello es conveniente que se constituyan organismos independientes que arbitren una autorregulación de las empresas comunicativas.

     Los Consejos Audiovisuales, son entes de Derecho público, no vinculados a ninguna administración pública y con plena independencia para el ejercicio neutral de sus funciones. Lo que la doctrina administrativista califica como Autoridades Independientes de Regulación. En España, no existe actualmente un Consejo Nacional de Audivisuales, aunque se sugiere en muchas webs y se ha teorizado bastante sobre las características que este debería tener. Pero existen los Consejos Audiovisuales de Cataluña, Andalucía y Navarra.

La Guía del Consejo Audiovisual de Navarra consta de cinco apartados:
- Consideraciones previas.
- Derechos de los usuarios de los medios audiovisuales.
- Cómo ejercer estos derechos.
- Quién defiende estos derechos.
- El proceso de una reclamación.
     Añade dicha guía a los derechos básicos, aquellos que específicamente amparan a los usuarios frente a las emisiones de los medios de comunicación audiovisuales: radio y televisión. En concreto, estos derechos se refieren a conflictos que puedan surgir respecto a los contenidos de emisión. En este sentido, la normativa distingue dos tipos de contenidos en función de su distinta naturaleza de programación y en publicidad.


Niveles de protección de los usuarios.
(Regulación y autorregulación)

     La regulación es la normativa aprobada por los poderes públicos y es de obligado cumplimiento para todos los operadores audiovisuales.
     Las normas de autorregulación son compromisos éticos y deontológicos que las propias empresas audiovisuales y los profesionales de los medios asumen libremente, siguiendo un principio de autorresponsabilidad. Todas aquellas reclamaciones ciudadanas que no encuentren reflejo en la regulación pueden canalizarse a través de la autorregulación a modo de sugerencias y recomendaciones a los medios. Con ello, se contribuye a fomentar que los medios de comunicación no sólo cumplan la normativa sino que presten un servicio de calidad y respetuoso con los ciudadanos.

Accesibilidad y usabilidad

     Este artículo del País que raya los monólogos cómicos propios del club de la comedia, pone de manifiesto, sin embargo, una triste realidad: y es que no todo el mundo está conectado. Las nuevas tecnologías, que potencialmente permiten la comunicación global de todo el planeta, sirven a menudo para excluir más aún a los colectivos descolgados de las TIC. Se habla de sociedad red, pero a veces se maneja el término a la inversa, si no está en la red no pertenece a la sociedad. 

 

     Si nos referimos a la brecha digital, podemos corroborar que cada vez es mayor. Pensemos en la matrícula a este máster. Era exclusivamente on-line. Las comunicaciones se hacen a través del correo. Las tareas se entregan a través de la plataforma. Y no se trata exclusiamente de un máster en TIC, ocurre con todos los grados ofrecidos (al menos en l a UAM). Ya no se trata de si sabes hacer un ejercicio o no, de si has terminado la traducción del japonés a tiempo o si has entendido esa complicada teoría que ha expuesto el profesor. Se trata de que no te has enterado del cambio de clase que estaba anunciado en la plataforma o que no sabes utilizar el correo electrónico. 

     De los cuatro "ciber baches" con que concluye el artículo, el que más me llama la atención es el de las citas y encuentros. Para estar conectado ya no basta con tener los conocimientos para saber utilizar las TIC, con dominar o al menos chapurrear el lenguaje y con estar registrado en todas las redes sociales habidas y por haber. Es necesario dedicar tiempo a revisar y participar en esas redes para no perderse las convocatorias. Hablan de la incompatibilidad de los gadgets, pues no nos metamos en la de las redes sociales. La tecnología no siempre ahorra tiempo.

     Cabría mencionar aquí también de que no solo se trata de la brecha digital, también de localidades, regiones o países donde el acceso a la red no está al alcance del público general.

 'CIBER-BACHES'
(copiado textualmente del artículo propuesto)

- El lenguaje. La difusión de los neologismos, anglicismos, contracciones y palabras más o menos inventadas avanza al ritmo de las innovaciones tecnológicas. Uno de los últimos engendros lingüísticos es el término widget. ¿De qué se trata? Es una aplicación que sirve para visualizar en pantalla elementos gráficos como relojes, calculadoras, mapas, previsiones del tiempo... Así de sencillo.
- Cables y periféricos. El ordenador portátil, el móvil, el televisor, la impresora, el escáner, la cámara de fotos, la de vídeo, el reproductor MP3... Todos y cada uno de estos aparatos viene con sus propios cables, puerto USB y cargadores específicos. Por supuesto, no suelen ser compatibles entre sí. A la espera de que todos los fabricantes se pongan de acuerdo para producir unos pocos periféricos universales y compatibles, habrá que acostumbrarse. Y agenciarse una mochila para cargar con esos alambres, por ejemplo, cuando nos desplazamos o nos vamos de vacaciones.
- Aplicaciones. ¿Se han detenido alguna vez a mirar los teclados de sus ordenadores? ¿Saben para qué sirven exactamente, por ejemplo, teclas como las que indican PetSis o Bloq Despl? La mayoría de los usuarios habituales probablemente lo desconocen. Según algunos expertos, el fallo de los productos de electrónica de consumo consiste en ofrecer demasiado en lugar de acercarse a los usuarios corrientes.
- Citas y encuentros. La creciente difusión de festivales y encuentros de aficionados a Internet y las nuevas tecnologías, si bien son una excelente ocasión de intercambio de experiencias para miles de usuarios, puede reforzar esa idea de alejamiento del consumidor medio. Porque, a veces, se pueden convertir en citas para entendidos o frikis del sector.

Propaganda en la democracia

"La propaganda es a la democracia lo que la cachiporra al estado totalitario"
Noam Chomsky: El control de los medios de comunicación


     La idea general del concepto de democracia que damos a los alumnos en secundaria, es que el poder gubernamental es elegido libremente por el pueblo. Para asegurar que esta elección sea informada, los programas electorales son públicos. Donde públicos quiere decir que están a disposición del público, no que el público los conozca. Lo cierto es que en la puesta en práctica, es muy difícil encontrar a un votante que se haya leido y comprendido los distintos programas electorales. Lo que conocemos de ellos es lo que nos han anunciado de ellos, tanto los propios partidos de los aspectos positivos, como los competidores y otras organizaciones de los aspectos negativos. En ambos casos, lo que consumimos no es la información original (la información como recurso que diría Floridi) sino la información procesada con intención de modificar nuestra conducta (la información como objetivo).
     Pero podríamos ir más lejos, ya que esta información o se emite en debates políticos o coemntarios a los que tampoco acceden la mayoría de consumidores, aunque todos ellos tengan de hecho acceso. ¿Con qué criterio se crean opinión (voten o no) entonces un porcentaje importante de la población? Pues a menudo con la llamada propaganda electoral. 
     Seguimos a los candidatos en sus inaguraciones, actos públicos, "besa niños"... Y durante esas andadas esporádicamente nos informan de algún aspecto parcial de su programa relacionado de alguan manera con el acto. No nos importa. Lo importante es como se mueve, si parece una persona agradable, sincera, si no tiene un mal gesto, si está tenso en las situaciones que nosotros mismo lo estaríamos, si su familia se parece a la nuestra (o a la que querríamos tener), si ha contestado educadametne a ese periodista que no conocemos o si ha dado la mano a esa señora que se veía en primera línea y un largísimo etcétera.
     Los políticos entonces se convierten en un producto de marketing más. Con sus atributos deseables, sus valores asociados, sus nichos de mercado, sus campañas de lanzamiento o mantenimiento.

     Más adelante, ya en el poder, es importante saber "vender" literalmente las políticas. Tanto si nos metemos en una guerra o si afianzamos las relacioens exteriores con tal o cual país, es importante que la gente, nosotros, estemos convencidos de que eso era lo mejor o al menos que no nos ha quedado otro remedio. 
     Noam Chomsky, en su libro "Como nos venden la moto" explica de manera magistral y a la vez sencilla y evidente como se manejaron ciertas políticas en Estados Unidos para entrar en la Primera Guerra Mundial. Como buscaron enemigos, como hicieron sentir a la población el pelígro inminente en el que vivían ¡sin darse cuenta!. No hace mucho se aplicaron las mismas técnicas, no más refinadas para entrar en guerra con Irak, como se prepararon eslóganes como "Justicia infinita" o "Libertad duradera", como se convenció a la sociedad de que su forma de vida está en peligro. Como ya se demostró en la ficción de Orwell, nada une más a una sociedad y fortalece más a un gobierno que la lucha contra un enemigo común.

La publicidad no está para educar.

Paternalismo negligente
La publicidad es un proceso de comunicación e información dirigido a un público mayoritario y que tiende a incrementar las ventas de un determinado producto. La publicidad tiene un objetivo primordialmente comercial.
     Asimismo, la publicidad pretende crear en el consumidor la necesidad de comprar ciertos productos mediante la persuasión, la repetición y la asociación a un estilo de vida. ¿Quieres ser ambientalmente responsable? Compra este coche. ¿Quieres ser feliz y apreciado por tus amigos? Bebe este refresco ¿Quieres tener momentos familiares entrañables? Lleva a tu familia a este restaurante de comida rápida ¿Quieres cuidar de tus hijos? Comprales esto.

      Según coemnta Lidia Sanz, la Ley General de Publicidad, de 1988, establece que ésta no puede ser ilícita, engañosa, desleal ni subliminal. Es decir, ha de ser veraz y respetuosa con la dignidad de la persona y sus derechos. Sin embargo estos valores implícitos que se asocian con el producto son asumidos por los consumidores y no son motivo de regulación alguna.

     Estoy muy deacuerdo con que el consumidor tenga a su dispodición todos las características del producto. Que pueden proporcionarse en el exterior o el interior del envase como los ingredientes, los aportes beneficiosos, las posibles contraindicaciones, tal como se hace en un fármaco. Llama la atención la cantidad de anuncios que no comentan ni una sola de las características del producto (ver anuncios de refrescos). 
     Sin embargo no entiendo la necesidad de que estas características, especialmente las advertencias negativas del producto sean promulgadas en la publicidad. ¿Realmente es necesario recordar al paciente que no debe automedicarse? ¿El hecho de colocar un mensaje de 1 segundo al respecto va a modificar su comportamiento? Y especielmente ¿es responsabilidad de la publicidad modificar estos comportamientos?. Ver el posteo de "Inneraty: Inmunidad o asimilación"

     A veces se cae en un paternalismo peligroso. "Si lo venden no puede ser malo", "Si no se me avisa de que no es prudente meter un objeto metálico en el casquillo de una bombilla podría ocurrirseme". Creo que la publicidad debe ser veraz, pero que debe ser el propio consumidor el que decida qué características son relevantes para él. Si el estado considera que un producto es perjudicial para la salud, como ocurre con el tabaco, que tome las medidasque considere oportunas. Desde campañas de información hasta prohibirlo como hace con otros productos (no olvidemos otras drogas que el estado ha ilegalizado). Hacer recaer esa responsabilidad en la publicidad me parece un arma de doble filo. Es una forma de liberarse de la obligación y poder cruzarse de brazos frente a otras acciones. Es un paternalismo un poco negligente.

Carasús. Principios del periodismo digital.

¿Cuáles son los principios del periodismo que debe respetar el nuevo periodismo digital? 
     Según el Sr. Casasús, el periodismo digital, debe tener como rasgo principal un compromiso ético mucho más firme que el actual. Pues lo único que los va a diferenciar de otros informantes en la red, será:
  1. Actuar con compromiso ético solidario y progresista con la realidad.
  2. Obtener la descripción más fiel posible de la verdad.
  3. Asegurar la selección motivada y responsable de los flujos informativos cada vez más densos y abundantes.
  4. Asesorar en la interpretación de los conocimientos que circulan por la red.
  5. Asegurar la veracidad y la acuración de los contenidos informativos digitales.
  6. Garantizar un uso correcto de la lengua desde el principio aristotélico de que las palabras son como las medicinas: valen si producen efectos positivos.
  7. Desarrollar una nueva cultura del texto basada en una amenidad responsable y en nuevas formas de periodismo literario adaptado a las prestaciones de los nuevos medios de comunicación. 

El derecho a la información.

"La propaganda es a la democracia lo que la cachiporra al estado totalitario"
Noam Chomsky: El control de los medios de comunicación

     
Elecciones de Uganda del 2006:

En Europa podían leerse titulares com:

Las elecciones no serán libres y justas sin seguridad para los periodistas, dicen miembros de IFEX

Uganda: Asegurar rendición de cuentas por violencia electoral (observadores pro derechos humanos)

 En Uganda se vendió como (Este titular lo publicó traducido El País digital, he utilizado este porque las noticias nacionales se publicarían en ugandés):

Uganda celebra hoy las primeras elecciones
democráticas
en 20 años (23-02-2006)

 

     Comparar una misma noticia en una dictadura, donde el control de los medios es declarado y asumido por todos, con una democracia donde la libertad de los medios "no se pone en duda" es demasiado fácil . Y no sería del todo justo ya que en las noticias del propio país de donde los medios difieren más de las noticias internacionales. Las secciones de internacional a penas varían (salvo en los países afectados) porque en general se suministran por agencias de noticias. No es necesario irse a una dictadura. Podríamos comparar una noticia de un suceso ocurrido en España con otra noticia que cuente el mismo suceso en Francia (como ocurió con el decretazo o la huelga general del 2002). Lo que voy a hacer es también harto conocido, comparar dos noticias nacionales tratadas por distintos medios:



La huelga general del 29 de Septiembre

Web oficial de UGT:
- Cándido Méndez: "La Huelga general ha roto la barrera del sonido"
- Méndez: "La Huelga general está siendo un éxito democrático"
- La participación de más del 70% de trabajadores en la Huelga General obliga al Gobierno a rectificar
- La Huelga supera holgadamente el 70% de seguimiento
- La prensa internacional valora la huelga. The Wall Street Journal: "España se para"

Titulares de la web oficial de ABC:
     Por su parte, el ministro de Trabajo, Celestino Corbacho, evitaba hacer balance del seguimiento de la huelga alegando que el Ejecutivo “no quiere entrar en una guerra de datos" hasta la recta final de la jornada. No obstante, ha querido destacar la “normalidad” con la que han transcurrido las primeras ocho horas de la jornada salvo en aquellas ciudades en las que los servicios mínimos no se pactaron. “Los ciudadanos están ejerciendo tanto el derecho a la huelga como el de ir a trabajar con las incidencias propias de una jornada de esta naturaleza”.
     
Vuelvo a enlazar el video de Felipe López-Aranguren

Conferencia del sociólogo Felipe López-Aranguren de la Asociacion Pharos
sobre la manipulación informativa en los medios de comunicación.

sábado, 6 de noviembre de 2010

¿Qué posibilidades tiene la web 2.0 en la constitución de un contrapoder? Castells

NOTA: Joaquín, el enlace de la tarea al texo de Castells me da error. Siemrpe que pincho en él Firefox deja de responder. Creo que he encontrado el mismo texto en la red, a partir de las palabras claves, y es sobre el que comento.
Castells define el poder como "la capacidad estructural del actor social para imponer su voluntad sobre otro(s) actor(es) social(es)." y el contrapoder como "la capacidad de un actor social de resistirse y desafiar a las relaciones de poder institucionalizadas."


     El actor social tiene en sí mismo la capacidad de resistirse, de actuar como contrapoder. Pero para que se constituya efectivamente como un contrapoder es necesario por un lado que exista un motor de cambio, que el actor social sienta la necesidad de hacer frente al poder establecido y por otro lado que encuentre los medios de expresión  necesarios para ejercer este poder. Estas nuevas formas de comunicación es lo que Castells denomina autocomunicación.

     A lo largo de la historia, la comunicación y la información han constituido fuentes fundamentales de poder y contrapoder, de dominación y de cambio social. El Estado, principal centro de poder, lógicamente se resiste, como se resisten los MCM a perder su clara influencia sobre los ciudadanos. Unos y otros buscan lo que es esencial para continuar encaramados en lo más alto: la capacidad de influir en la opinión de las personas.

     La web 2.0 ha supuesto un avance astronómico en el camino de la autocomunicación. Potencialmente cualquier comentario que un usuario (o actor social) suba a la nube de Ineternet puede ser leido por cualqueir otro actor conectado. Hablamos de la sociedad red y sus posibilidades de gestionar la información ver posteo "Castells: Informacionalismo y Sociedad red" Pero solo con la visión crítica, la voluntad de cambio y las posibilidades que ofrece la web 2.0 no es suficiente. La posibilidad de ser oido y seguido por toda la comunidad digital no asegura que eso ocurra. Solo unos pocos son capaces de destacar entre  el inmenso océano de relaciones horizontales que es la web, solo unos pocos son capaces de movilizar a las masas, de hacerse oir. Solo unos pocos son capaces constituir un contrapoder real. Pero en el momento que el contrapoder está en manos de solo unos pocos vuelve a darse la posibilidad de que algún otro actor social sienta la necesidad de oponerse  a ese nuevo poder.
     Internet y la llamada Web 2.0, al permitir una mayor intervención de los ciudadanos ayuda a los movimientos sociales y a las políticas alternativas. Pero al mismo tiempo también las empresas, los gobiernos y los medios de comunicación masivos intervienen en el espacio de Internet.




     En conclusión, la web 2.0 ofrece unas posibilidades de expresión nunca antes soñadas en ningún otro momento de la historia. Cualquier actor social puede potencialmente llegar a todos los demas. Pero una posibilidad no es una realidad. Puede darse lo que Floridi denomina "empacho de información", la cantidad de información es tan amplia que es imposible abarcarla. Y aquí es donde entra de nuevo el informacionalismo de Castells como la posibilidad de procesar toda esa información.

    No estoy segura de si la web 2.0 es capad de proporcionar el soporte a un contrapoder real, principalmente porque no sé si alcanzo a visualizar la embergadura total del poder, de los estados, de los medios de comunicadión de masas. Pero creo que nunca antes en la historia se había ofrecido a la sociedad anónima las posibilidades de comunicación horizontales que se dan en la sociedad red. Si en algún momento de la historia se ha establecido un contrapoder efectivo, actualmente debería ser más fácil y más rápido de constituir. No sé si más rápido de ejercer cambio.

Bustos. Infoética

¿Es posible analizar los problemas éticos que plantea el uso de los computadores con la ética clásica?

     El principal problema ético que surge con el uso de los ordenadores y que resulta novedoso respecto a otros ámbitos es la capacidad de procesar la información. Lo que se valora moralmente no es ya el uso que se le da a un computador por parte de un usuario amoral, sino la información a la que da acceso. El usuario se convierte entonces en agente moral y las repercusiones de sus comportamtienos sobre la infoesfera son los que se valorarán éticamente. 
     Como se puede leer en los dos post dedicados a Floridi "Concepción de la ética de la información de Floridi" y especialmente en "Repercusiones en comportamientos éticos de los tecnólogos" el agente moral tiene tres niveles de relación con la información: 
- la información como recurso, en el que el agente moral solo por poseer el conocimiento ya puede dar a lugar a cuestiones éticas. Su responsabilidad moral se valorará en función de la cantidad y calidad de la información que poseyera sobre el problema y a las posibilidades de  comportamientos más éticos con esos mismos conocimientos.
- la información como producto, en el que es el propio agente moral el productor de la información a la que tendrán acceso otros agentes.
- y por último la información como objetivo, en el que se valora la capacidad del agente moral de interactuar y modificar el entorno informacional en el que se encuentra.

     Hay muchas cuestiones importantes que no pueden clasificarse según esta categorización ya que surgen de la interacción entre las distintas dimensiones informacionales. Floridi apunta a que ls modelos de ética de la información que abarcan un solo aspecto del ciclo informacional resultan insatisfactorias.
     Esto se relaciona con la dificultad de aplicar una ética clásica a la infoesfera. En lugar de intentar limitar el problema, sería más efectivo ampliar la perspectiva. Construir una perspectiva más global que:
- Unifique las tres dimensiones informacionales;
- Contemple el ciclo completo de la información, incluyendo su creación,    elaboración, distribución, almacenamiento, protección, utilización y    posible destrucción.
- Y analice, desde el punto de vista informacional, todas las entidades involucradas.